La Ley Orgánica del Trabajo (LOT) en su artículo 189, define que la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrono y no puede disponer libremente de su actividad y de sus movimientos, a esta definición también se le conoce como la jornada efectiva ó jornada ordina de trabajo.
Se considera que el trabajador está a disposición del patrono desde el momento en que llega al lugar donde deba efectuar su trabajo, o donde deba recibir órdenes o instrucciones respecto al trabajo que se ha de efectuar en cada día, hasta que pueda disponer libremente de su tiempo y de su actividad.
El Reglamento de la Ley Orgánica del trabajo por su parte, en su artículo 79, define la jornada ordinaria de trabajo, como aquel tiempo durante el cual, de modo normal o habitual, el trabajador se encuentra a disposición del patrono, sin embargo, exceptúa de la misma, el trabajo ejecutado en tiempo u hora extraordinaria.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999 en el artículo 90 se refiere a la jornada de trabajo de la siguiente manera:
La jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales. En los casos en que la ley lo permita, la jornada de trabajo nocturna no excederá de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales. Ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas extraordinarias. Se propenderá a la progresiva disminución de la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo conveniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras.
Duración Máxima de la Jornada de Trabajo en Venezuela (regla general).
El artículo 195 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) establece lo siguiente: Salvo las excepciones presvista en esta ley, la jornada diurna no podrá exceder de ocho (8) horas diarias, ni cuarenta y cuatro semanales (44) semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de siete (7) horas diarias, ni de cuarenta (40) semanales (ya la Constitución de 1999 en este punto hace referencia y el cambio a 35 horas semanales); y la jornada mixta no podrá exceder de siete y media (7 ½) horas por día ni de cuarenta y dos (42) por semana.
| Jornada de Trabajo | Diario | Semanal |
| Jornada Diurna | 8 Horas | 44 Horas |
| Jornada Nocturna | 7 Horas | 35 Horas |
| Jornada Mixta | 7.5 Horas | 42 Horas |
Cuando la Jornada Mixta tenga un periodo nocturno mayor de cuatro (4) horas, se considerara como jornada nocturna.




hola buenas tardes tengo duda en algo soy personal de salud que tiene un horario de 7am a 1pm en una clinica el dueño a todos los que trabajamos hasta esa hora sea salud o secretaria le paga la mitad de la mitad de los cestaticket es decir si el ticke esta en 45 el paga al personal que duran hasta las 5 de la tarde 22.5 y al que dura hasta a la una 11.5 es legal esto existe alguna ley que ampara esto??? ya que yo soy enfermera y mi horario en cualquier sitio seria de 6hora gracias y espero respuestas
El cesta ticket puede ser prorrateado si la jornada es mayor o menor a lo establecido legalmente , según el ejemplo que expones seria por ejemplo que de 7am a 1pm te pague los 45 bs por esa jornada, y por las 4 horas demás 22, 50, en resumen si la jornada supera a la legalmente establecida las horas exceso deberán ser prorrateadas por el numero de horas efectivamente laboradas para el calculo del benéfico de alimentación
Fundamento legal Articulo 17 del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadoras
Quisiera aclarar una duda: en mi trabajo se pretende hacer que nosotros los obreros entremos 10 o 5 minutos antes de mi hora de entrada xq ellos dicen que uno debe estar en su puesto de trabajo antes de la hora de entrada. No soy operaria ni personal de confianza. Entonces me pregunto cual es la razon para tal arbitrariedad ya que tengo laborando 3 años alli. Solo despacho productos cosmeticos en un almacen y mi trabajo no depende de otros. Legalmente esto es posible? Es peleable?
Tal vez la medida es tomada por la cantidad de empleados que llegan tarde a sus puestos de trabajo creándole al patrono o empleador un problema en la dinámica laboral por eso la exigencia o medida de llegar unos minutos antes a sus labores, ahora bien lo correcto es que el patrono o empleador tiene el derecho de exigir la llegada a sus empleados a la hora EXACTA así como los empleados y trabajadores están obligados a cumplirla, lo mismo sucede a la salida o en el fin de la jornada laboral el empleado o trabajador tiene el derecho de salir a la hora justa indicada sin presiones de los jefes para que se queden cumpliendo más minutos o horas de trabajo, por lo tanto el patrono o empleador está en la obligación de respetar la hora EXACTA de salida del trabajador.
buen dia … disculpe queria saber si yo falto un dia lunes a mi trabajo sin informar porque y sin previo aviso es legal que me descuenten el lunes y el domingo.
Lo ideal es que siempre informes a tus supervisor o jefe cuando vas a faltar, aunque sea llamar el mismo día informando que no vas asistir, ahora bien si justificas tu ausencia por casos de enfermedad deben estar avalados con un documento, informe o constancia medica, en este caso de ser así no te deberían descontar las ausencias, en el caso que no los justifiques obviamente te descontaran el día o los días en que faltes a tu puesto de trabajo.
Buenos días…
Queria saber si un patrono que este pagando el bono alimenticio previo acuerdo con los trabajadres a 35% de la unidad tributaria durante dos años hoy su nuevo administrador junto con el patrono lo impone al 25% quisiera saber si esto es permitido.
El patrono no puede desmejorar al empleado si previamente había un acuerdo con los empleados y este era mas favorable que la propuesta nueva que están haciendo. La nueva propuesta debe ser igual o mas favorable y un acuerdo entre todos los empleados y el patrono.
buenas tardes, trabajo en una empresa privada y cuando el mes tiene 31 dias solo pagan 30 dias (15 dias en la primera quincena y 15 en la segunda) esto es legal…..
En la practica calcular en salario en base 30 días es correcta.
Buenas… mi pregunta seria: si yo trabajo 24 x48… cuantos tickets me deberian de pagar???
Un ticket por cada jornada efectivamente laborada, en tu caso de 24 horas de trabajo estaría compuesta por 3 jornadas de 8 horas, tu patrono debería pagarte 1 ticket por cada jornada de de 8 horas, en resumen en tu caso 3 ticket o cupón por cada 24 horas de trabajo.
hola en la empresa donde trabajo tiene un horario de 8 a 12 y de 2 a 6 pero generalmente nunca se cumple siempre comemos y de una ves a trabajar… la pregunta se cuenta esto como horario laboral… a parte de eso mi jefe me saca en cara todo el tiempo que me voy temprano todos los dias… por motivo de clases… cuando estoy disponible trabajamos hasta las 7,8,9 de la noche y no hay bono ni nada por el estilo a parte son unos corructos que compran sus cosas personales en nombre de la empresa para no pagar el iva… no hay un buen trato y tampoco seguridad en el trabajo
Debes tener una hora de descaso esta no está dentro de la jornada, en esa hora es para el reposo del empleado.
***Jornada Diurna: 8 horas diarias y 44 horas semanales
En el caso del personal de salud, que tienen un horario fijo de dia 7am a 1pm, y realizan guardia nocturnas de 7pm a 7am cada 5 ó 6 días, su jornada laboral es mixta o nocturna?. Debido a que arriba menciona cuando la jornada mixta tenga más de 4 horas nocturnas, se considerará jornada nocturna.
Jornada Diurna Urbana se da entre las 5:00 AM y las 7:00 PM
Jornada Nocturna Urbana se da entre las 7:00 PM y las 5:00 AM
Jornada Mixta: Es la que comprende periodos de trabajo diurnos y nocturnos
SI UNA EMPRESA TIENE PUBLICADO SU HORARIO DE TRABAJO EJ: 8:00 A 12:00 M Y DE 2:00 A 6:00 DE LUNES A VIERNES Y EL SABADO DE 8:00 A 12:00 M LOS PATRONES DEJAN ABIERTO LOS SABADOS HASTA LA HORA QUE ELLOS LE PAREZCA Y NO LO PAGAN COMO SOBRETIEMPO NO DAN EL ALMUERZO ACASO NO HAY UN ORGANISMO QUE LOS OBLIGUE A CUMPLIR SU HORARIO DE TRABAJO?
Denuncia en la Inspectoria del Trabajo.
Buenas Noches a todos(as) quien me pueda ayudar yo trabajo para una empresa que cuando les conviene dicen q son horas operacionales algo q no entiendo de paso trabajo asi 3 tardes de 2pm a 10pm, 3 noches de 10pm a 6am y un dia libre. sacando cuenta semanales son 48 horas. estara bien?? o tengo horas extras?
Tu pregunta es amplia, en tu situación laboral podría haber muchos detalles que desconozco, pero en resumen la situación laboral debe estar enmarcada en lo siguiente
Jornada Diurna: 8 horas diarias y 44 horas semanales
Jornada Nocturna: 7 horas diarias y 35 semanales
Jornada Mixta: 7.5 horas diarias y 42 semanales
buenas noches mi pregunta es la siguiente trabajo de 1pm a 9pm todos los dias menos una semana al mes que trabajo de 10pm a 5am, a los empleados de otros departamentos les dan un dia libre por cada 2 noches trabajadas a mi departamento no. eso es legal????
Tu pregunta es amplia, en tu situación laboral podría haber muchos detalles que desconozco, pero en resumen la situación laboral debe estar enmarcada en lo siguiente
Jornada Diurna: 8 horas diarias y 44 horas semanales
Jornada Nocturna: 7 horas diarias y 35 semanales
Jornada Mixta: 7.5 horas diarias y 42 semanales
**Los departamentos de una empresa pueden tener distintos horarios
mi horario como te dije antes es diurno de hecho eso firmamos en el contrato, trabajar 8 horas al dia de 1 a 9… con el tiempo y por varios motivos se nos pregunto si estabamos dispuesto a trabajar 2 noches por semana y luego librar un dia como todos los otros departamentos aceptamos. pero luego sin derecho a decidir se nos colocaron las 5 noches seguidas sin librar ni un dia…. ya que mi horario es diurno es legal trabajar tantas noches sin librar dias????
Cuando la jornada es permanente en el tiempo,entonces el bono nocturno se convierte en salario diario según el parágrafo segundo del artículo 133 de la LOT, es decir salario normal. Otra de las dudas que se establecen en la jornada nocturna es el pago del domingo y del día de descanso adicional. El artículo 144 de la LOT establece : Para el cálculo de lo que corresponda al trabajador por causa del descanso semanal y días feriados, de horas extras y del trabajo nocturno, se tomará como base el salario normal devengado po él, durante la semana respectiva.” OJO SEMANA RESPECTIVA. Ejemplo 70 +30%= 91. Si se toma 91 Bs como salario normal devengado en la semana RESPECTIVA, el domingo y el día de descanso adicional tienen el mismo valor es decir : 91×5) + 91+91= 637, es decir 7×91= 637. Disculpenme lo atropellado del planteamiento pero el espacio es limitado y el tema es de multiples interpretaciones. gracias
Ha raíz de la aplicación del 30% a la jornada nocturna de un grupo de trabajadores según el artículo 156 de la LOT, hemos investigado la forma del cálculo encontrando una diversidad de criterios o de interpretaciones que hacen complicado la aplicación de dicho artículo. Veamos nuestra humilde opinión… el artículo 156 establece que ´´ La jornada nocturna será pagada con un treinta por ciento 30% ) de recargo, por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada diurna ” . Los salarios se pagan semanal, quincenal y mensualmente y la base del calculo son los DIAS . Salario diario por 7, 15 o 30 DIAS según la jornada. Por que ese empeño en calcular horas del día con horas de la noche entre el número de días trabajados etc etc… Pensamos que si la jornada es temporal , en el mes se multiplicarían los 30 días por el 30% del salario diario. Ejemplo . 70 x 30%= 21… 91×30= 2.730. Para simplificar, en la semana serían 91×7=637. Al volver a la jornada diurna se regresará a la condicion salarial diurna.
BUENAS TARDES, MUCHO LE AGRADECERIA ME ORIENTARA ACERCA DE EL SIGUIENTE HORARIO DE TRABAJO YA QUE TENGO UNA DUDA VOY ABRIR UN NEGOCIO Y EL HORARIO ES DE 6 AM A 9PM. EL HORARIO QUE QUIERO COLOCAR ES
TURNO DIURNO 6 AM A 2PM ESTA BIEN
O DE 6 AM A 3 PM
UN HORARIO MIXTOS DE 2 PM A 9PM
ESTA BIEN
ES DE LUNES A SABADO
SI ME PUEDES ORIENTAR EN ESTO GRACIAS
BUENAS TARDES, MUCHO LE AGRADECERIA ME ORIENTARA ACERCA DE EL SIGUIENTE HORARIO DE TRABAJO YA QUE TENGO UNA DUDA VOY ABRIR UN NEGOCIO Y EL HORARIO ES DE 6 AM A 9PM. EL HORARIO QUE QUIERO COLOCAR ES
TURNO DIURNO 6 AM A 2PM ESTA BIEN
O DE 6 AM A 3 PM
UN HORARIO MIXTOS DE 2 PM A 9PM
ESTA BIEN
SI ME PUEDES ORIENTAR EN ESTO GRACIAS
El horario en cada turno no debe exceder de 8 horas el diurno y si hay nocturno completo no más de 7 horas , en ambos casos puede ser de menos horas la jornada, no debe trabajarse más de 5 horas sin su previo descanso debe existir el descanso intrajornada.
hola soy yenilet trabajo en una empresa en el horario nocturno pero en realidad noce cuantas horas semanales hay que trabajar en dicho horario.. espero su pronta respuesta….. GRACIAS…..
Horas nocturnas trabajadas no deben exceder de 7 horas diarias y de 35 semanales, artículo 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
tenga 20 años laborando en una Institucion privada y he percivido el bono de alimentacion desde el año 2005 mi pregunta es no me corresponde el pago de los años anteriores y al retirarme voluntariamente que me corresponderia como pago de utilidades o arreglo… gracias
Si te retiras voluntariamente tu liquidación deberías tener calculado lo siguientes conceptos utilidades, vacaciones, acumulado prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones etc… Pero puede ocurrir que si tomaste vacaciones o te pagaron utilidades recientemente el pago que te corresponda en vacaciones y utilidades será fraccionado. Otro punto importante debes notificar a tu patrono de realizar el pre aviso correspondiente, si no deseas hacer el pre-aviso no hay problema pero el patrono lo descontara de tu liquidación final.
Hola Trabajo de 14 horas de Suplente como docente en una Institucion Publica y ya voy para 3 años con esas horas y hasta los momentos no me han asignado dichas horas. mi pregunta es existe alguna ley o resolucion que me ampare para que esas horas pasen a ser mias…
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, te puede ayudar allí se destacan los beneficios derechos y deberes del Docente cuando labora para la Administración Publica.
Buenas por favor si es tan amable, tengo una duda que por favor me gustaria me respondiera. trabajo 6 horas diarias, tengo horario asistencial, de lunes a viernes. soy Fisioterapeuta y no se cuanto tiempo dispongo para el almuerzo y si puedo salir de mi lugar de trabajo para calentar la comida, debido a que no hay microndas en mi lugar de trabajo. Gracias de antemano y estare esperando su pronta respuesta.
En los trabajos que no sean de proceso continuo, la jornada de trabajo deberá ser interrumpida cada día para un descanso de media hora, por lo menos, sin que pueda trabajarse más de 5 horas continuas, salvo las excepciones prevista o autorizadas legalmente.
Mi duda es la siguiente: Mi horario de trabajo es de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 y de 1:30 a 5:30 y sabados de 8:00 a 12.LLevo mi comida (almuezo) y como en la empresa porque no pasa trasporte para ir. La casa, inmediatamente termino de almorzar me dirijo a mis actividades laborales. Es computable a mi jornada laboral esa hora aun cuando la empresa tiene publicado el horario mencionado arriba?
La hora de almuerzo no esta dentro de la jornada laboral, el empleado es libre de hacer en esa hora lo que desee,comer descansar salir hacer una diligencia etc; la noción de esa hora en precisamente la pausa el descanso intrajornada que es vital para el trabajador, esa hora y tiempo le pertenecen al empleado no al patrono…
Buenas tarde, comencé a trabajar en una compañía el 3 de noviembre del 2011, Mi pregunta es: Cuando me corresponde mi primer pagos en cesta tiket y cuantos serían…..!!!!Gracias Ccs.Vzla
El calculo para el pago del cesta ticket surge desde el primer día que comienza a laborar el empleado, y se pagan por cada jornada efectivamente trabajada.
bUENAS NOCHES, TRABAJO EN UNA TIENDA DE 8 A 5PM, REALMENTE ESE ES EL HORARIO QUE DICEN QUE TENGO, PERO DEBO LLEGAR A LAS 730AM Y SALGO CASI A LS 6 DE LATARDE, NO TENGO HRA DE ALMUERZO, ME DAN UN DIA LIBRE A LA SEMANA Y ME LO DESCUENTAN, ES DE LUNES A SABADO. COBRO SUELDO MINIMO Y HAGO TODO YO SOLA DESDE LIMPIAR HASTA LLEVA LAS CAPETAS DEL IVA. qUE SE HACE EN ESTOS CASOS??? CUANTAS HRAS DEBERIA TRABAJAR? Y ESE DIA LIBRE DEBEN DESCONTARLO??
GRACIAS POR LA RESPUESTA
1ro No te dejes explotar es lamentable que sucedan estas cosas. la entrada debe ser a la 8 en punto.. ni mas, ni menos
2do Debes trabajar solo 8 horas con una hora intrajornada de reposo y que puedas almorzar
3ro Ganas sueldo mínimo no deberían descontar nada, a no ser que la falta sea injustificada de tu parte.
4to Por lo que escribes el día de descanso lo da el patrono a voluntad dentro de su logística trabajo que tiene, entonces de ser esto así no debería descontarlo.
5to el patrono debe pagarte el cesta ticket, afiliarte al Seguro Social, INCES, Banavih, y debe llevar el calculo mensual de tus prestaciones sociales y los intereses que estos generen.
Buenos dias trabajo en un centro comercial. y ahora por el horario navideño el horario sera de 0900 a 1100 pm. somos dos personas y rotaremos los turnos. mi pregunta es que sucede con el dia que esta otra persona este libre si yo debo trabajar 14 horas seguidas, tendre algun beneficio adicional en cesta tickets? esta dentro del marco legal alguna remuneracion especial con respecto a esto? porque en la empresa me dicen que solo me corresponde 1 tickets de 19.00 por la jornada laboral.
Deben prorratearte el cesta ticket por las horas de exceso que has trabajado.
Buenas
Quisiiera saber si aun trabajador pueden cambiarle su horario de trabajo de la tarde para la mañana, si ser avisado
Gracias
Caracas – Venezuela
Laboro en un taller mecanico en caracas, comienzo a las 7:30am hasta las 12:00, luego tengo una hora para almorzar, luego comienzo de 1:00pm a 5:00pm, de lunes a viernes, total 42.5 horas semanales, les agradezco me expliquen si este horario esta dentro de la norma vigente, gracias por su atencion.
Hola!! Quisiera saber como se si un empleado ha trabajado para ganarse un bono nocturno x horas y x jornadas y sus diferencias! Y cuales son los horarios para estos bonos!! Xfavor!! Gracias!!
Hola buenas tardes! estoy laborando recientemente en un horario de 12×12, con un dia libre semanal, me gustaria que me asesorara cuanto deberia ser mi sueldo base tomando en cuenta que es jornada nocturna? y cuanto se me deberia pagar en cesta tickets? agradezco de antemano su asesoria para ir sacando cuenta si voy a ganar lo justo establecido en la ley, gracias!
Todos los trabajadores venezolanos estamos a la espera de la asamblea nacional en cuanto a la reducción de la jornada laboral se refiere, ya que desde hace cuatro años aproximadamente se ha querido reducir la jornada laboral en seis horas. si esto se logra sería un gran triunfo para las familias venezolanas que a diario np pueden compartir con sus hijos, ni supèrarse, debido a que el tiempo no nos alcanza. ¡ESPERAMOS CON ALEGRIA ESTE ANUNCIO EN CADENA NACIONAL!
Quisiera saber si los conductores de trasnporte pesado lavoran tambien 8 horas por jornadas porque en mi trabajo nos exigen 10 horas diarias (trabajo en una empresa avicola trasnportanto pollos vivos hacia el matadero) Mi jornada empieza desde las 2 de la mañana…….. AGRADESCO SU ORIENTACION.
Si en la empresa de transporte en que laboras no existe una convención colectiva y una resolución ministerial conjunta en el ramo del trabajo que establezca y que se haya acordado el límite máximo de la jornada de trabajo, se debe tomar en cuenta el artículo 198 de la Ley Orgánica del Trabajo, sobre el régimen especial dada la naturaleza de la actividad que se realiza de once (11) horas diarias, es decir diez (10) horas de Trabajo mas una (1) hora de descanso, por lo tanto todo el tiempo que exceda de esta jornada de once (11) horas debe considerarse horas extras y deberá remunerarse.
yo laboro en una empresa de transporte donde la jornada es de 24 x 24 quisiera saber cuantos dias de bono alimentario me corresponden mensualmente ya que actualmente me cancelan 15 dias
Según lo que comentas, lo correcto seria 3 cesta tickets por cada jornada de 24 horas, ya que dicha jornada supera el límite diario de 8 horas establecido por la Constitución Nacional Art 90, por lo tanto cualquier exceso debe remunerarse.
Hola me yo trabajo actualmente de 7pm a 7am me pdrias decir cuanto de cesta ticket me tocaria si me tocaria algo mas de los 19 bs que estipula la ley???? y si es asi me podrias indicar en que parte de la ley lo dice???
Gracias por preguntar la respuesta fue enviada a su correo.
Los 19 BsF que te pagan es lo mínimo que establece la ley que está vigente por ahora, pero ya que trabajas una jornada mayor a 8 horas deberían prorratearte las horas adicionales en base beneficio de alimentación que percibes que es de 19 BsF .
HOLA. TRABAJO EN UNA TIENDA DE UN CENTRO COMERCIAL, MI HORARIO ES DE 1PM A 9:00 PM. ME GUSTARIA SABER YA QUE MI JORNADA ES MIXTA, SI ME TIENEN QUE PAGAR UN RECARGO POR LAS 2 HORAS NOCTURNAS..YA SOLO ME PAGAN SUELDO MINIMO SIN NINGUN RECARGO POR ESAS HORAS DIARIAS. EN TODO CASO CUAL ES EL ONTO CORRECTO QUE TENDRIAN QUE PAGARME.? AGRADEZCO SU PRONTA RESPUESTAS
La jornada mixta es aquella que está comprendida, una parte dentro de la jornada diurna, y la otra en la nocturna por lo tanto como una de esa jornada se desarrolla en el horario nocturno el trabajador debe percibir el bono nocturno del 30% calculado sobre el salario de la parte nocturna.
Ejemplo: 1.548,23/30 = 51,60 * 30% = 67,48/7 = 9.58
Valor de la Hora Nocturna 9,58 * 2Horas = 19,16
en el caso del personal administrativo su horario de trabajo es de 8 horas diarias de lunes a viernes por que estoy en una empresa que quiere que labore 9 horas de lunes a jueves y los viernes 8.
este horario de 9 horas es correcto.
por que en la ley antes de la reforma de 1997 existia un articulo para la jornada laboral de obreros de 44 horas a la semana y otro articulo para la jornada de empleados de 40 horas semanales lo malo es que con la reforma de 1997 unificaron los dos articulos es esto correcto.
La norma vigente no distingue límites entre jornada para obreros y empleados es igual para ambos casos.
Por acuerdo entre patrono y los trabajadores, podrá establecerse una jornada diaria hasta (9) horas sin que exceda el limite semanal de (44) horas , pero el empleador y patrono debe otorgar a los trabajadores 2 días completos de descanso cada semana.
Debe cumplirse lo siguiente:
Que el límite de 44 horas semanales no sea superior
Que sea con el objeto de que el trabajador disfrute de otro día de descanso a la semana.
Se realice de mutuo acuerdo.
Saludos ante todo.
Soy Juez de Paz del Marque Norte, Caracas, tengo una consulta de un vecino: Trabaja en el área de salud, empresa privada, y su horario por contrato es de 5.1/2, horas diarias (horario asistencial de salud), Los cesta ticket se los cancelan a razón de 19 Bs. diarios y al personal administrativo y obrero que el horario es de 8 horas, le cancelan a razón de 34 Bs. diarios los cesta ticket.
Preguntas: Pueden prorratear el horario a los efectos de pagarle al personal de 5.1/2 horas diarias menos cesta ticket?
aludiendo que el horario de trabajo es de 8 horas, pese a que se contrato por 5.1/2. ?
La ley establece que la jornada máxima es de 8 horas, y el horario que se contrató es de 5.1/2, horas diarias (horario asistencial de salud), Pueden desconocer el horario de salud?
En una institución puede haber diferencia de pagos de cesta tique, entre personal administrativo y personal de salud ? sabiendo que los cesta tique se pagan por jornada laborada.
Agradeciendo de ante mano su colaboración
Jorge Delascio Chitty
Preguntas 1
¿Pueden prorratear el horario a los efectos de pagarle al personal de 5.1/2 horas diarias menos cesta ticket? aludiendo que el horario de trabajo es de 8 horas, pese a que se contrato por 5.1/2. ?
Cuando los trabajadores laboren jornadas inferiores al límite diario, el empleador o patrono podrá prorratear el pago del bono alimentación (Cesta Ticket) por el número de horas efectivamente laboradas y se considerara satisfecha la obligación por el empleador o patrono.
Pregunta 2
La ley establece que la jornada máxima es de 8 horas, y el horario que se contrató es de 5.1/2, horas diarias (horario asistencial de salud), Pueden desconocer el horario de salud?
Según tu comentario ya hay un contrato de trabajo, y este debe establecer el horario, salario y el consentimiento de ambas partes y debe cumplirse tal como se concibió, el horario al que haces referencia es inferior al límite diario.
Pregunta 3
En una institución puede haber diferencia de pagos de cesta tique, entre personal administrativo y personal de salud ? sabiendo que los cesta tique se pagan por jornada laborada.
Agradeciendo de ante mano su colaboración
Podría darse el caso, La Ley estipula que para el cálculo de los Bonos de Alimentación el empleador podrá establecer a su discreción el monto de los mismos, pero siempre dentro del rango establecido por ley, al menos 25% de la Unidad Tributaria, con el máximo del 50% de la Unidad Tributaria, pero si pudiera haber desmejoramiento cuando hay diferencia en el pago de cesta ticket con un empleado que trabaja en el mismo departamento realiza la misma función o labor posee el mismo cargo y horario y a esté se le afecta en menor cantidad en pago en comparación a sus otros compañeros de labores sin justificación.
quisiera saber si son 40 ó 44 las horas que trabaja un trabajador residencial
El máximo que puede el Trabajador Residencial laborar son 44 horas semanales diurnas y fines de semana libres.